Cabildo de Puerto Morelos aprueba nuevo Reglamento de la Oficialía Mayor
Durante las sesiones ordinarias LV y LVI también se autorizó la desincorporación de 277 bienes muebles y 102 bienes intangibles del patrimonio municipal.
Puerto Morelos, Quintana Roo, a 5 de octubre de 2026.- En el marco de las Sesiones Ordinarias LV y LVI del Ayuntamiento de Puerto Morelos, el Cabildo aprobó el nuevo Reglamento Interior de la Oficialía Mayor, con el que se actualiza y fortalece el marco normativo que regula la organización, atribuciones, funcionamiento y procedimientos de esta dependencia municipal.
La presidenta municipal Blanca Merari Tziu Muñoz reconoció el trabajo coordinado de las distintas áreas involucradas en la elaboración y actualización de este instrumento jurídico, al destacar que representa un paso importante para dejar bases firmes para las futuras administraciones.
“Este reglamento también nos permite dejar bases firmes y sólidas para las futuras administraciones. Quiero agradecer a todos quienes estuvieron detrás, en las diferentes mesas de trabajo, para poder lograrlo. No ha sido nada fácil; todas las secretarías han trabajado en sus diferentes reglamentos y esto no termina ahí, porque también vienen los manuales y muchos temas más que tenemos que ir consolidando”, expresó.
El nuevo Reglamento Interior establece la organización, estructura, funcionamiento, facultades, atribuciones, competencias y procedimientos de las unidades administrativas que integran la Oficialía Mayor.

Asimismo, define a esta dependencia como responsable de emitir y difundir lineamientos, políticas, sistemas, programas y procedimientos relacionados con la administración eficiente de los recursos humanos, materiales, capacitación, recursos informáticos y tecnológicos, servicios generales y los bienes muebles e inmuebles que forman parte del patrimonio municipal.
La Presidenta Municipal destacó que la aprobación del reglamento era uno de los compromisos que debían concretarse antes de concluir la actual administración, por lo que reconoció especialmente la participación de las áreas jurídicas y administrativas que intervinieron en las mesas de trabajo.
Por otra parte, el Cabildo aprobó el cambio de situación jurídica de 277 bienes muebles y 102 bienes intangibles, para pasar de bienes de dominio público a bienes de dominio privado del Municipio de Puerto Morelos, así como su baja definitiva del patrimonio municipal, estados financieros e inventarios.
La presidenta municipal resaltó que este proceso representa la conclusión de un trabajo que tomó varios años y que permitirá dar certeza sobre el destino de bienes que ya no tenían utilidad para la administración.
“Era algo por lo cual estuvimos trabajando durante bastante tiempo, quizá pasaron algunos años para que pudiéramos lograr esta desincorporación. Hoy estamos dando certeza sobre esos bienes que tenemos y que no tenían un lugar donde estar; al contrario, nos representaban un espacio. Al desincorporarlos, habrá más espacio para nuestro archivo”, explicó.
De acuerdo con lo aprobado, el destino final de estos bienes será su desecho mediante el programa Reciclatón, por lo que la Oficialía Mayor deberá entregarlos en los puntos de acopio correspondientes, mientras que el Órgano Interno de Control verificará que el procedimiento se lleve a cabo conforme a lo establecido.
La documentación técnica de los bienes será turnada a la Dirección de Patrimonio Municipal para su archivo y el acuerdo, junto con los listados correspondientes, será publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo y en la Gaceta Oficial del Municipio.
Blanca Merari reconoció finalmente el esfuerzo de las dependencias que participaron durante meses en este proceso y subrayó que la actualización normativa y el ordenamiento del patrimonio forman parte del compromiso de consolidar una administración municipal con mayor certeza jurídica y administrativa.
Finalmente, también se aprobaron modificaciones relacionadas con las facultades a la titular de la Tesorería Municipal, entre ellas las relativas al otorgamiento de subsidios o estímulos fiscales de hasta el 75 por ciento de las cuotas, tarifas o tasas establecidas en la Ley, con las excepciones previstas para los gravámenes a la propiedad inmobiliaria conforme al artículo 115 constitucional.
Asimismo, se contemplan facilidades administrativas para el pago del impuesto predial, en los términos establecidos por el Código Fiscal correspondiente.




