Juez deja sin efecto autorización ambiental para proyecto Alux 33
El fallo señala que la evaluación del desarrollo inmobiliario en Puerto Morelos corresponde a la autoridad federal por su interacción con ecosistemas de manglar.
Por Alejandro García > Quequi
Cancún. El Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Quintana Roo determinó que la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente de Quintana Roo (SEMA), carece de competencia legal para evaluar y autorizar el proyecto inmobiliario Alux 33 en Puerto Morelos, debido a que la obra interactúa con un ecosistema costero de manglar cuya atribución exclusiva pertenece a la Federación.
Dicha situación que obligó a la dependencia estatal a emitir el oficio SEMA/SPCA/DIRA/0648/2026 para dejar sin efectos legales la resolución ambiental SEMA/DS/SGPA/DIRA/1522/2025 y declararse formalmente incompetente para dicho trámite, según informaron las organizaciones Grupo Gema, Cemda, Puerto Morelos Sustentable y DMAS.
La información la dieron a conocer en conferencia de prensa Irma Morales, integrante de la asociación civil Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS); Aarón Siller, director del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) en Quintana Roo; Aurora Beltrán, bióloga y firmante de los juicios correspondientes; y Araceli Domínguez, activista ambiental en Quintana Roo.
La resolución judicial dentro del juicio de amparo 959/2025-G-1 quedó firme luego de que la autoridad ambiental de Quintana Roo no presentara de manera oportuna el recurso correspondiente; en consecuencia, el juzgado otorgó un plazo de tres días para acatar el mandamiento que dejó sin validez jurídica y administrativa los permisos concedidos previamente al desarrollo en la zona costera de Puerto Morelos.
A través de un comunicado conjunto, las organizaciones ambientalistas expusieron que esta decisión evidencia una práctica recurrente de invasión de competencias federales por parte de la autoridad ambiental estatal; entre las irregularidades señaladas figuran la evaluación de proyectos correspondientes a la Semarnat y la emisión de resolutivos antes de publicar los listados sujetos a evaluación, lo que frena el derecho a la participación ciudadana y las consultas públicas.




