SAT se pone más estricto
Errores en el cálculo de PTU generan multas millonarias por mayor vigilancia fiscal.
Por Blanca Silva
A unas semanas de que venza el plazo para que las empresas paguen la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), la firma Alegra.com señaló que muchas empresas siguen calculando su información a mano cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo revisa en tiempo real, lo cual puede derivar en una multa de millones de pesos por una nómina mal calculada.
De acuerdo con el CRO de la firma, Jakub Roubal, en 2026 el SAT ha intensificado sus mecanismos de verificación en tiempo real, lo que significa que las inconsistencias entre lo declarado y lo pagado son más fáciles de detectar que antes, lo cual convierte un error administrativo en un riesgo fiscal concreto.
Apuntó que el cálculo no es trivial y el costo de equivocarse puede ser devastador para un negocio pequeño, ya para una empresa con 10 colaboradores un error de cálculo puede traducirse en sanciones cercanas a los seis millones de pesos, sin contar el rezago operativo de rehacer todo el proceso.
Tras precisar que la multa oscila entre 250 y cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs), equivalentes a entre 29 mil y 580 mil pesos por cada trabajador al que se le pagó mal o no se le pagó la PTU, señaló que el problema deriva de que el cálculo de la prestación junta tres fuentes de información que en muchas Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) viven separadas: la nómina, la contabilidad y la declaración anual.
Por ello, indicó que es necesario cruzar dicha información con el historial de cada trabajador y el tope legal vigente, lo cual hace cada vez más corto el tiempo de quienes lo hacen sin automatización mientras el SAT actualiza sus reglas, por lo cual recomentó utilizar un software para esa tarea, que conecte toda la información, determine el fondo repartible y produzca la documentación de respaldo que pueda requerir el SAT en caso de una auditoría.
Puntualizó que el softaware puede reducir 90% el tiempo para dicha tarea, lo cual puede significar cerrar el mes sin contratiempos o pasar las últimas semanas de mayo apagando incendios entre hojas de cálculo y aclaraciones con el SAT, considerando que el plazo vence el 30 de mayo para las personas morales y el 29 de junio para las personas físicas con actividad empresarial.





