Ponen contra las cuerdas al notario transa

Por Herlindo Vazquez 

La Secretaría de Gobierno (SG) no solapará ninguna acción ilegal del notario público 102, Israel Canto Viana, que enfrenta un proceso de embargo por fraude de 204 mil pesos en perjuicio de una empresa de publicaciones de edictos. 

Se dará seguimiento al caso y de confirmarse la irregularidad, se procederá conforme a lo establecido por la Ley del Notariado, advirtió la subsecretaria jurídica de la SG, Anahí del Carmen Aranda Lara. 

Lo anterior de manera paralela al procedimiento judicial que el notario enfrenta. El recurso interpuesto puede reconfigurar en otros delitos en contra del imputado. 

Porque siempre se ha cuidado que todos los notarios se conduzcan con base en la Ley, afirmó. De lo contrario serán punibles a procesos judiciales y administrativos. 

Al formar parte del Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo (Cdheqroo), la conducta del abogado evidencia a tal órgano. 

Canto Viana enfrenta proceso de embargo por 204 mil pesos por negativa a cubrir la publicación de diversos edictos en medios de comunicación. 

El 16 de diciembre del año pasado, por segunda vez el actuario del Juzgado Oral Mercantil del Distrito Judicial de Cancún acudió al domicilio de “Canto Viana y Asociados S. A. de C. V.”, propiedad del abogado, para ejecutar la orden de embargo, pero el notario dolosamente mandó a cubrir el letrero con una lona para evitar su localización. 

Asimismo, como intento de “chicanada legal”, aseguró que nunca ha sido propietario del corporativo “Canto Viana y Asociados S.A. de C.V”. Eso obligó a reprogramar la diligencia.  

Pero de acuerdo con el expediente 149/2016, según el acta constitutiva del corporativo, de 50 acciones Canto Viana es propietario de 45. 

Además, con evidente dolo cambió la razón social de la empresa para tratar de desconocer el adeudo. Sin embargo, las pruebas son contundentes y el notario 102 puede recaer en falsedad de declaración. 

El abogado se niega a concertar con el actuario del Juzgado Oral Mercantil del Distrito Judicial de Cancún. En consecuencia, enfrentará más cargos. 

La Ley del Notariado de Quintana Roo establece en los artículos 156,  del 197 al 207, que tal conducta puede ser causal de amonestación, multa y hasta pérdida de la patente, con base en Sentencia Judicial Ejecutariada. 

Por la delicadeza, se instruyó a la Dirección General de Notarías a dar seguimiento a este caso. 

No hay comentarios