El Visitax es un derecho que los visitantes deben pagar por la utilización de los bienes de dominio público durante su estadía en el estado.

Más beneficios para Q. Roo con cobro del Visitax

Obligatoriedad por parte de hoteles y plataformas permitirá incrementar más de 100% la recaudación.

CANCÚN
Por Blanca Silva
La obligatoriedad del cobro del Visitax por parte de hoteles y plataformas de hospedaje permitirá incrementar más del 100% el monto recaudado, al pasar de mil 392 millones de pesos programados en 2025 a cuatro mil millones de pesos previstos en 2026.

El monto se mantendrá en 2.50 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s),lo que representa un promedio actual de 286 pesos por turista extranjero.


Lo anterior, luego de que en años anteriores no se haya logrado cumplir la meta de recaudación, pues se han creado páginas que suplantan a las oficiales y generan fraudes a los visitantes, señaló el Observatorio Legislativo de Quintana Roo.


Destacó que de esa cantidad 10% se destinará al Fondo de Promoción Turística y Control de Crisis, 40% al Fondo de Control de sargazo limpieza y recuperación de playas y 50% al Fondo de desarrollo y fortalecimiento de los proyectos estratégicos con incidencia en el turismo.


Durante su análisis del Paquete Fiscal para 2026 que el Gobierno del Estado entregó al Congreso del Estado, indicó que el monto del Visitax se mantendrá en 2.50 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s),lo que representa un promedio actual de 286 pesos por visitante extranjero.


El coordinador del Observatorio Legislativo de Quintana Roo, Eduardo Galaviz Ibarra, recordó que el Visitax es un derecho que los visitantes deben pagar por la utilización de los bienes de dominio público durante su estadía en el estado.


Recursos a infraestructura
De esta manera, el gobierno estatal busca allegarse recursos para conservar y rehabilitar la infraestructura que utilizan durante su estancia, así como proporcionar los servicios públicos que requieren y sus gastos operativos.


Para ello, indicó que un aspecto importante son las modificaciones de las formas en que dicho derecho será enterado a las autoridades, pues se conserva la utilización de las plataformas digitales para la liquidación del mismo, si así lo disponen los turistas.


Sin embargo, indicó que se establece la obligatoriedad de que las plataformas de hospedaje y los hoteles lo recauden y entreguen al gobierno estatal, considerando que la primera acción del visitante es su registro dentro de los centros de hospedaje.


Además, señaló que la modificación del artículo 51 establece que no pagarán el derecho las personas que ingresen por la frontera con el vecino país de Belice o que acrediten que hayan cubierto el pago del derecho por alguna plataforma o que su ingreso sea de dos o más veces dentro de un periodo de 30 días, lo cual deberán acreditar ante las autoridades fiscales o los retenedores del sector turístico.


Explicó que la obligación de retener el derecho al visitante extranjero señala que se tiene que cumplir de la siguiente forma: los prestadores de servicios de hospedaje y anfitriones tendrán la obligación de solicitar al visitante que acredite su ingreso como visitante extranjero para saber si cubrió el pago correspondiente, de lo contrario deberán pedirle que realice el pago y expedirle un comprobante fiscal en donde se conste que ha cumplido con la obligación y retener en forma expresa y por separado este derecho, el cual deberá liquidarse de manera mensual los primeros 10 días del siguiente mes al que se efectuó la retención.


Adicionalmente, indicó que el Paquete Fiscal para 2026 de Quintana Roo elimina la Licencia de Funcionamiento Estatal para dar paso a un instrumento digital denominado COFE (Constancia de Obligaciones Fiscales Estatales), que será expedido por el Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo (Satqroo), que se expedirá de acuerdo a la revisión de cumplimiento de las obligaciones fiscales.


Destaca también la determinación de tener un Registro Único Estatal de Control Vehicular, que será organizado, operado y vigilado por el Satqroo, estableciendo la atribución a esta entidad para que también pueda expedir permisos o autorizaciones provisionales para la circulación de vehículos sin placas, retirando esta atribución a las autoridades de tránsito estatal y municipal.

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