Gana Xcaret batalla legal por marca turística
Tribunal falla contra el IMPI, en medio del conflicto por el uso de símbolos de la cultura maya.
Por Alejandro García > Quequi
Cancún. El conflicto en torno a Xcaret dejó de ser un debate aislado sobre el uso de símbolos mayas para convertirse en una batalla frontal por el control de uno de los negocios turísticos más rentables del sureste mexicano.
A la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para retirar elementos de la cultura maya de su publicidad, se sumó ahora el intento del Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) por arrebatarle el nombre comercial a la empresa, en un movimiento que evidencia que cada vez más actores buscan una “rebanada del pastel” que representa Xcaret, bajo el argumento de que se trata de una denominación vinculada al patrimonio del pueblo maya.
Más allá del resultado jurídico, el caso ha sido interpretado en distintos sectores como parte de una disputa mayor en la que diversas instancias gubernamentales, órganos autónomos y representantes comunitarios buscan participar -o influir- en el enorme valor económico, turístico y simbólico que representa Xcaret, como coloquialmente se dice, quieren “una rebanada del pastel”.

Por un lado, el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), impulsó acciones para frenar el uso de símbolos mayas; por otro, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), intentó retirar el nombre comercial; mientras que integrantes del Gran Consejo Maya han sostenido que tanto los símbolos como las denominaciones asociadas a la cultura maya forman parte de un patrimonio colectivo que no debería ser explotado con fines privados.
Aunque el discurso oficial gira en torno a la protección del patrimonio maya, el caso ha abierto cuestionamientos sobre hasta qué punto el interés es cultural y cuándo se convierte en una pugna por el control económico y simbólico del turismo en Quintana Roo.
De acuerdo con expedientes judiciales y publicaciones recientes, el IMPI promovió un procedimiento para cancelar el registro de la marca “Xcaret”, al argumentar que el término corresponde a una región de origen maya, resulta descriptivo del lugar y podría generar confusión con otros registros marcarios, además de implicar una posible apropiación comercial de un elemento cultural indígena.
El caso fue analizado por la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), la cual resolvió el pasado 30 de marzo que la empresa podrá continuar utilizando el nombre “Xcaret”, debido a que desde 2022 cuenta con el reconocimiento de marca famosa, figura prevista en la legislación mexicana que otorga una protección reforzada a signos distintivos ampliamente reconocidos por el público.
En su sentencia definitiva, el tribunal concluyó que la resolución del IMPI no estuvo debidamente fundada ni motivada, al no precisar de manera clara las razones jurídicas que acreditaran la prohibición del registro. El órgano jurisdiccional señaló que la autoridad fue omisa en pronunciarse sobre diversos argumentos presentados por la empresa en su defensa.

Las autoridades judiciales aclararon que este procedimiento es independiente del litigio que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el que se ordenó a Xcaret retirar el uso de símbolos mayas de su publicidad, tras una controversia impulsada por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) y respaldada por integrantes del Gran Consejo Maya.
Mientras que el caso ante la Corte se centra en la protección del patrimonio cultural e intelectual colectivo de los pueblos indígenas, el procedimiento promovido por el IMPI se enfocó exclusivamente en la titularidad y validez del nombre comercial.
El intento de retirar el nombre a Xcaret se suma a un debate más amplio sobre los límites entre la explotación comercial y la protección del patrimonio cultural de los pueblos originarios. Integrantes del Gran Consejo Maya han sostenido que tanto los símbolos como las denominaciones asociadas a la cultura maya forman parte de una identidad colectiva que no debería ser apropiada por empresas privadas.
Por ahora, el fallo del TFJA permite a la empresa turística mantener su nombre, aunque el proceso legal aún podría continuar, ya que el IMPI tiene la posibilidad de impugnar la resolución mediante un amparo. En paralelo, las restricciones impuestas por la SCJN respecto al uso de símbolos mayas siguen vigentes, marcando un precedente en la defensa del patrimonio cultural indígena frente a intereses comerciales.




