Fiscalía logra condena de 30 años por caso de desaparición

Los hechos que dieron origen a la condena ocurrieron en septiembre de 2022, en la localidad de Javier Rojo Gómez

Othón P. Blanco.- La Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía Especializada en Procesos, informa que, tras la aportación de pruebas correspondientes, obtuvo de un Juez de Juicio Oral, sentencia condenatoria para Luis Bernabé Polo, por el delito de desaparición cometida por particulares, en agravio de tres personas, en este municipio.

Los hechos por los cuales se emitió la sentencia, sucedieron en septiembre de 2022, cuando el sentenciado se encontraba en compañía de las tres víctimas en un taller de motocicletas ubicado en la colonia Villaflores de la localidad de Javier Rojo Gómez, hasta donde llegó un vehículo tipo Suburban, del cual descendieron tres sujetos encapuchados.

Estas personas portaban armas, con las que amenazaron a las víctimas y con violencia las obligaron a subir al auto, en tanto que a Luis Bernabé Polo le pidieron subir al auto, utilizando un tono de confianza y sin ningún tipo de agresión. Posteriormente, se retiraron del sitio con rumbo desconocido.

Días después, el ahora sentenciado regresó a la localidad. Tras los hechos fue denunciada la desaparición de las tres personas ante esta Representación Social, la cual inició los actos de investigación. De acuerdo con las indagatorias realizadas, el móvil de este hecho derivó de conflictos entre dos grupos antagónicos por la venta de droga en la zona.

Luego de presentar las evidencias ante un Juez, agentes de la Policía de Investigación, obtuvieron la orden de aprehensión y detuvieron al mencionado, en agosto de 2023.

Luego de examinar las pruebas aportadas, las cuales acreditaron la plena responsabilidad penal del señalado en los hechos, el Juez le dictó sentencia de 30 años y seis meses de prisión; además, deberá cubrir la cantidad de 577 mil 320 pesos por concepto de multa y 20 mil pesos por reparación de daño a cada víctima indirecta, quedando pendiente el monto por concepto de reparación de daño moral, el cual se determinará en la etapa de ejecución de sentencia.

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