Marihuana de uso lúdico “se va a tener que gravar con el IEPS”: Arturo Herrera
El Congreso ya había aprobado la marihuana medicinal en 2017, aunque el reglamento sanitario sigue pendiente.
Agencia
MÉXICO. El Gobierno de México contempla aplicar un impuesto especial a la marihuana de aprobarse su uso lúdico en las dos cámaras del Legislativo, informó este viernes el ministro de Hacienda, Arturo Herrera.
El jueves, el Senado aprobó la nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis que legaliza el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana bajo control federal. Esta ley ahora debe pasar a la Cámara de Diputados para su revisión y aprobación antes de que finalice la actual legislatura el 15 de diciembre.
“Si se aprueba, se va a tener que gravar y se va a tener que gravar con el IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción de Servicios)”, dijo Herrera durante su participación en el seminario “El pacto fiscal”, organizado por el Colegio de México.
Explicó que este impuesto se aplicaría ya que es un producto de consumo que trae consecuencias a la salud “son impuestos a los bienes que producen males ya sea de manera directa o de manera secundaria”, manifestó.
Dijo que el IEPS es un gravamen que se aplica en México y otros países como a la gasolina por su grado de contaminación, al alcohol y azúcares por el daño a la salud de las personas.
El Congreso ya había aprobado la marihuana medicinal en 2017, aunque el reglamento sanitario sigue pendiente.
La propuesta que realizó el izquierdista Movimiento Regeneración Nacional (Morena), partido del presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, sugiere crear el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, además de reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal que prohibían el consumo lúdico.
Dicha entidad emitirá cinco tipos de licencias para controlar algunos de los actos relacionados con el cultivo, transformación, investigación y exportación o importación de marihuana.
En México, el Senado aprobó en lo general y lo particular la regulación del consumo personal lúdico de la marihuana en todo el país. Sin embargo, la discusión generó polémica, debido a lo que permite, las modificaciones que surgieron en este tema y los delitos que se mantienen al respecto.
Con la aprobación del dictamen —enviado a la Cámara de Diputados para continuar con su proceso legislativo— se expide la Ley General para la Regulación del Cannabis, se creará el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, además de que se modificarán, reformarán y adicionarán varios artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.
Tras esta decisión se amplió de seis hasta ocho plantas de cannabis psicoactivo por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume para su uso personal.
Se eliminó la exigencia a los consumidores de tener barreras físicas con las cuales se evite que otras personas no consumidoras aspiren el humo, además de la facultad que tenía el Ministerio Público para hacer revisiones domiciliarias a consumidores registrados.
Las personas podrán llevar hasta 27 gramos. A partir de 28 gramos y hasta los 200, la nueva legislación contempla sanciones económicas. Será por encima de los 200 gramos que las sanciones representen la cárcel.
Las sanciones administrativas pueden ir desde los 5,200 pesos mexicanos (unos 255 USD) hasta los casi 261,000 pesos (unos 13,000 USD), así como la clausura de asociaciones donde se permitirá el consumo de marihuana.
Se permitirá fumar marihuana en espacios públicos, áreas interiores de trabajo, públicas o privadas, en universidades e instituciones de educación superior siempre y cuando sean zonas exclusivas, las cuales deberán estar al aire libre.
En casa podrá consumirse libremente siempre y cuando no haya menores de edad. Por otra parte, se podrán crear clubes de consumo recreativo de cannabis, con un mínimo de 20 y un máximo de 50 socios, todos ellos mayores de 21 años. Incluso será posible crear cooperativas de producción de la planta para sus socios (máximo 150).
La venta se dará únicamente en establecimientos específicos y podrá comercializarse marihuana, sus derivados y accesorios, mientras que los medicamentos con este compuesto se limitará a las farmacias.
Por otra parte, lo que no está permitido es fumar frente a menores de edad, hacerlo en escuelas privadas y públicas de educación básica y media superior, tampoco en espacios 100% libres de tabaco. La venta de cigarros sueltos de marihuana también estará prohibida, así como conducir vehículos o maquinarias peligrosas bajo los efectos del cannabis.
Información: Infobae.