Regula pesca de langosta nueva NOM
PLAYA DEL CARMEN
Dentro de 60 días, entrará en vigor la nueva Norma Oficial Mexicana NOM-006-SAG/PESC-2016, para regular el aprovechamiento de todas las especies de langosta en las aguas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, así como del Océano Pacífico incluyendo el Golfo de California.
Esto luego de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la nueva disposición que abroga la Norma Oficial Mexicana NOM-006-PESC-1993, para regular el aprovechamiento de todas las especies de langosta en las aguas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, así como del Océano Pacífico, incluyendo el Golfo de California, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1993.
De acuerdo a la Sagarpa, por su alto rendimiento económico, tiene un papel importante en la economía regional y nacional; por su volumen se encuentra posicionada en el lugar 35 de la producción pesquera en México; y por su valor, en el lugar 6. En cuanto a exportaciones se encuentra en el lugar número 3 de las especies pesqueras, siendo Hong Kong, Estados Unidos de América y Vietnam sus principales destinos.
En el litoral del Golfo de México y Mar Caribe, la langosta del Caribe (Panulirus argus), contribuye con el 95% de las capturas totales de langosta y el 5% restante se compone fundamentalmente de langosta pinta (Panulirus guttatus), especies que inician su ciclo de reproducción de manera diferenciada, cuando han alcanzado la talla de madurez sexual por lo que, para garantizar un número adecuado de organismos reproductores en sus poblaciones, se hace necesario el establecimiento de tallas mínimas de captura.
En este sentido, la nueva norma regula los principales métodos de captura de langosta como son el buceo y la utilización de ganchos, redes agalleras, así como la casita cubana y las trampas.
En el caso de la casita cubana, dificulta la verificación de la observancia de las regulaciones de talla mínima vigente, por lo que es uno de los que presenta un cambio tecnológico en este tipo de captura.
En el caso de la langosta pinta (Panulirus guttatus), la talla mínima de captura será a partir de los 135 milímetros de longitud abdominal.
En cuanto a la langosta del Caribe (Panulirus argus), también será a partir de los 135 milímetros de longitud abdominal, equivalentes a 74.6 milímetros de longitud de cefalotórax y 223 milímetros de longitud total.
En el caso de las aguas de jurisdicción federal de Quintana Roo y Yucatán, la captura de langosta podrá realizarse mediante buceo libre o en «apnea», buceo autónomo con «scuba», buceo con «hookah» o compresor y con el auxilio de refugios artificiales denominados «casitas», pudiéndose utilizar ganchos como instrumentos complementarios, quedando prohibido el uso de arpones o sus modalidades.
Por Fernando Morcillo