Ratifica Teqroo triunfo de Carlos Joaquín

Chetumal

Con votos de unanimidad, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), declaró ayer improcedente el Juicio de Nulidad JUN/005/2016 que presentó el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra del acuerdo general del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) en el que declaró la validez de la elección de gobernador del estado de Quintana Roo, a favor del ciudadano Carlos Manuel Joaquín González.

Por supuestas violaciones graves y sistemáticas a los principios rectores en la materia electoral y determinantes para el resultado de la elección, el PVEM solicitaba la nulidad de la elección.

Con respecto al agravio, el actor señaló la existencia de actos anticipados de campaña imputables al PAN-PRD y el candidato en su momento, Carlos Manuel Joaquín González y la existencia de irregularidades atribuidas a dichos partidos políticos y su precandidato, derivado de un Procedimiento Especial Sancionador resuelto por este tribunal, lo que fue insuficiente para declarar la nulidad de la elección de gobernador.

En la sentencia se mencionó que el actor expone que la Sala Superior del TEPJF determinó un uso indebido de pautas publicitarias por parte de los demandados, lo que resultó infundado, pues la Sala Regional Especializada determinó sobreseer dicho procedimiento.

Además de que el PVEM también demandó la realización de actos anticipados de precampaña por el ciudadano Carlos Joaquín González a través de propaganda en internet, lo que resultó inoperante en virtud de que la Sala Superior TEPJF, quien resolvió que dichos mensajes no denotaban la presentación de una candidatura a un cargo de elección popular.

Y finalmente, dentro de este agravio, el actor señaló que el día de la jornada electoral se ejerció violencia y presión al electorado, alegando inequidad en la contienda derivada de la presencia del senador del PAN, Daniel Ávila Ruiz en la ciudad de Cancún, lo que resultó infundado.

Al no comprobarse los elementos presentados de la causal de nulidad de la elección, se declaró la improcedencia de la misma.

Asimismo, el Consejo General del INE determinó que en lo concerniente a los gastos de campaña erogados por el candidato no se rebasaron los topes establecidos, por lo que al resultar infundado todos los agravios, se confirmó el cómputo, así como la entrega de la constancia de mayoría y validez al candidato electo, Carlos Manuel Joaquín González.

Por Mayra Cervera-Quequi

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