Ratifica Conanp denuncia

Por Carlos Gasca > Quequi 

La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), confirmó desde ayer a través de un comunicado en su página oficial, que sí se recibieron las denuncias de parte de los prestadores de servicios turísticos, por lo que se procedió a las denuncias ante las dependencias federales. 

“Se recibió un reporte acerca de una embarcación, con el nombre ‘Shark’, realizando actividades de observación y nado sin prestador de servicios turísticos autorizado”. 

La Conanp confirmó que tras recibir la denuncia de parte de los prestadores de servicios turísticos autorizados, se procedió a la investigación. 

“A través de las redes sociales, se ubicó un video mediante el cual se observa a una persona sumergirse, tocar un ejemplar de tiburón ballena y tratar de montarlo sujetándose de su aleta dorsal”, se redacta el comunicado. 

Derivado de ello, se hizo la denuncia de hechos ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambienta (Profepa) y la Capitanía del Puerto, en apego a la normatividad vigente.  

Sin embargo, recalcan que será la Profepa y Capitanía de Puerto, las autoridades que dictaminen o impongan las medidas correctivas o sanciones correspondientes, esto “en caso de que ellos encuentren elementos suficientes”. 

De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre, estos actos son motivo de aseguramiento de la embarcación y la imposición de sanciones que van desde los 4 mil hasta los 430 mil pesos. 

Cabe señalar que para la observación del tiburón ballena, especie que se encuentra amenazada en la NOM-059-Semarnat 2010, se requiere contar con autorización por parte de la Semarnat expedida por la Dirección General de Vida Silvestre para el Aprovechamiento no extractivo (Semarnat-08-036) y adherirse al Plan de Manejo Tipo del tiburón ballena emitido por esta misma autoridad.  

Asimismo, es necesario contar con la autorización para realizar actividades turístico recreativas de la Conanp (CNANP-00-014-A) y observar las reglas establecidas en el Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Caribe Mexicano, adicionalmente deberá contar con un permiso de turismo náutico que emite la Capitanía de Puerto correspondiente, tanto los prestadores de servicios como los turistas, deben respetar las normas establecidas por las autoridades ambientales. 

Desde 2017, la Conanp, a través de la Reserva de la Biosfera Caribe Mexicano, RB Tiburón Ballena y APFF Yum Balam, ha trabajado en el ordenamiento de la actividad de nado y observación con el tiburón ballena, pues esta es una de las zonas de agregación más importante del mundo, por lo cual existe un número límite de autorizaciones, en este momento en las tres Áreas Naturales Protegidas (ANP), se tiene un aproximado de 254 embarcaciones autorizadas, y se capacita a los prestadores de servicios turísticos y guías sobre el conocimiento y buenas prácticas para llevar a cabo la actividad turística de nado y observación con el tiburón ballena y con esto garantizar el cuidado de la especie. 

Los prestadores de servicios están obligados a seguir una serie de normas como la utilización de sistemas de geolocalización y protectores de hélice (guarda hélice) en sus embarcaciones. Además, deben contar con una certificación para realizar dicha actividad. 

Cuando no se respeta esta reglamentación, tanto los usuarios como los prestadores del servicio son sancionados de acuerdo a la normatividad vigente. 

Sin embargo, hasta donde han confirmado las mismas autoridades, la embarcación “Shark” no cuenta con ninguno de estos permisos, de hecho ni para realizar actividades dentro del Parque Nacional, Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Nizuc, Punta Cancún. 

El tiburón ballena tiene una longitud de 12 metros, posee una coloración blanca en la parte ventral y gris en la parte dorsal, con puntos y líneas de color blanco a lo largo de su cuerpo, pesa aproximadamente 21 toneladas y vive entre 70 y 100 años. 

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