Playa Dorada Generation presenta querella por desalojo, amenazas y extorsión contra ex colaboradores de Alberto Aguilera

El apoderado legal de la empresa, Alejandro Ordaz Cabrera presentó el 7 de septiembre pasado una querella ante la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo para denunciar estos hechos que la ley señala como delitos.

RIVIERA MAYA. Playa Dorada Generation interpuso una denuncia por despojo, amenazas y extorsión en contra de Juan Carlos Rodríguez, Carlos Enrique  de Regil López y Briceida Landaverde Torres, éstos dos últimos amigos y colaboradores del fallecido cantante y compositor Alberto Aguilera, mejor conocido como Juan Gabriel.

El apoderado legal de la empresa, Alejandro Ordaz Cabrera presentó el 7 de septiembre pasado una querella ante la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo para denunciar estos hechos que la ley señala como delitos luego del vencimiento el pasado 6 de julio de un Contrato de Usufructo Vitalicio firmado por la empresa a favor del maestro Alberto Aguilera, Carlos Enrique de Regil López, también conocido como André y su esposa Briceida Landaverde Torres.

De Regil López y Landaverde Torres se niegan a devolver no solo las 9 cabañas sujetas al usufructo inicial, sino la totalidad del complejo Cabañas XOLUMADO, propiedad de Playa Dorada Generation, de acuerdo con la Escritura Pública Número 15570, con fecha 27 de septiembre de 2013 y registrada ante la Notaría Pública No. 14 del Estado de Quintana Roo.

Las cabañas en cuestión, ubicadas en el terreno 07 Sub Urbano Campestre denominado Muchin, ubicado en el municipio de Solidaridad, Quintana Roo, fueron entregadas para su uso y disfrute en un contrato firmado por Playa Dorado Generation y los usufructuarios, el 10 de agosto de 2015, de acuerdo con la Escritura Pública Número 4061, en la presencia del Lic. Jorge Enrique Pérez Salazar, Notario Público No. 45 del Estado de Quintana Roo.

El Contrato de Usufructo Vitalicio señala en sus cláusulas que la terminación del contrato podía darse de dos maneras: con el fallecimiento de los usufructuarios o por decisión de la propietaria –Playa Dorado Generation- la cual para terminar anticipadamente el contrato debería avisar de manera expresa a los usufructuarios y posteriormente avisar de la terminación anticipada a la Notaría para que haga las anotaciones correspondientes.

“Como señala la Ley, un contrato de usufructo es un documento a través del cual el propietario de un bien, en este caso Playa Dorada Generation, cede su derecho de uso y disfrute del mismo por un tiempo determinado a una tercera persona, quien podrá utilizar del bien, incluidos sus frutos, con la única limitación de que la propiedad del bien la mantendrá en todo momento el propietario”, comentó Ordaz Cabrera.

El Representante legal de Playa Dorada Generation relató que la relación con De Regil López y Landaverde Torres inició en el 2015 a petición del maestro Alberto Aguilera, quien solicitó a los propietarios de la empresa su apoyo para ayudar y proteger a quienes fueron sus colaboradores más cercanos durante muchos años.

A pesar de la muerte del maestro Aguilera, en agosto de 2016, el contrato de usufructo con De Regil López y Landaverde Torres se mantuvo vigente.

El Apoderado Legal destacó que las pertenencias del Sr. Aguilera que se encontraban en la propiedad se entregaron el 20 de febrero de este año, ante la presencia del albacea y autoridades correspondientes, a sus legítimos herederos, quienes en ningún momento reclamaron un rembolso por posibles inversiones.

Por otra parte, Ordaz Cabrera destacó que la relación con los denunciados se fue complicando con el paso del tiempo debido a que empezaron a abusar de sus facultades poniendo en riesgo la operación del hotel al cerrar el acceso principal, bloquear áreas comunes del complejo, cambiar chapas sin autorización y no permitir el acceso de huéspedes ni personal del hotel.

Ante la actitud negativa de De Regil López y Landaverde Torres se les anunció que se daba por  terminado el Contrato de Usufructo Vitalicio, basado en el instrumento público 1269, con fecha 6 de julio de 2020, ante la Notaría Pública No. 102, del Estado de Quintana Roo.

El 7 de septiembre pasado, el apoderado legal solicitó a la Fiscalía General del Estado, con fundamento con el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, medidas de protección y vigilancia policiaca para el patrimonio de la empresa propietaria a efecto que se les prohíba a los denunciados alterar o destruir las cabañas durante la investigación, mismas que se realizaron el pasado 15 de septiembre.

La querella incluye el delito de despojo al no querer desalojar la propiedad, el de amenazas debido a que los demandados han referido con destruir las cabañas que se les otorgaron en usufructo y prefieren quemar las mismas antes de entregarlas a sus legítimos propietarios así como el delito de extorsión por exigir dinero por supuestas inversiones que dicen haberle hecho al lugar y que hasta el día de hoy no han podido comprobar.

Por otra, parte el Representante Legal se deslindó por completo de cualquier acto relacionado con el uso o comercialización del hotel El Divo, que en forma indebido está realizando De Regil López con la figura del maestro Aguilera.

Finalmente, Ordaz Cabrera confió en que las autoridades cumplirán con su deber de citar a los denunciados para que respondan con relación a estos hechos que cometen en contra de Playa Dorada Generation.

“Tenemos fe en el cumplimiento de ley y que se ejercite acción penal en contra de Carlos Enrique de Regil López, Briceida Landaverde Torres y Juan Carlos Rodríguez, y quienes más resulten responsables y se repare los daños de manera integral a la empresa”, concluyó.

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