
Los aterroriza SEIDO
Por Heiby Morales
Atienden paramédicos a anciana de 70 años por un ataque de pánico que sufrió luego de salir de un interrogatorio realizado por elementos de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), el cual duró más de cinco horas, en donde, aseguró la mujer, la retuvieron, presionaron e intimidaron para que confesara el origen de las pertenencias que resguardó en las cajas de seguridad de la empresa First National Security (FNS).
El interrogatorio inició alrededor de las cuatro de la tarde de del jueves y terminó pasadas las nueve de la noche. Al ver su estado de salud, los elementos desistieron de seguir interrogándola y la dejaron salir, pero la mujer apenas se sostenía, de acuerdo a testimonios de otros usuarios de FNS que estaban en espera de ser interrogados también.
De hecho, otro cliente de la empresa que se encontraba en el lugar de profesión doctora, fue quien le dio los primeros auxilios y posteriormente llamó al número de emergencias 911 para solicitar una ambulancia puesto que la mujer mayor presentaba dificultades para respirar.
Como se recordará, en la entrega de las primeras cajas de seguridad se le está dando prioridad a las emergencias médicas como es el caso de la familia de esta mujer y que, de acuerdo al director de la SEIDO, estas entrevistas no serían intimidatorias, por lo que se apegarían a respetar los derechos humanos de los afectados puesto que no estarían relacionados con el proceso de investigación, situación que quedó en entredicho con el caso de esta afectada.
Cabe destacar que, de acuerdo al presidente del Colegio nacional de Notariado Mexicano, José Antonio Manzanero Escutia, la SEIDO no puede despojar de sus bienes a los clientes de FNS por el supuesto de no poder o tener con qué comprobar que son dueños de lo que resguardaron, aun se trate de dinero, joyas o documentos, pues solo el hecho de tener el registro de que lo que hay en esas cajas es suyo, es suficiente para acreditarse como dueños, aunque no tengan facturas o papeles que indiquen cómo lo obtuvieron.
En cuanto se refiere a bienes muebles, el hecho de poseerlos es garantía de propiedad, de lo contrario, el que contradice tiene que comprobar mediante factura. Sobre los inmuebles, el amparo son los títulos de propiedad o las escrituras, las cuales están registradas en el Registro Público de la Propiedad.