
Ganan litigios para uso lúdico de marihuana; Habitantes de Cancún obtuvieron el amparo de la justicia, lo que les permite el consumo del enervante
Por Soraya Huitrón
Fueron cinco habitantes de Cancún que obtuvieron los permisos para el consumo lúdico y recreativo de marihuana, luego de ganar los litigios en juzgados federales.
La lucha de estas personas inició luego de que el Senado de la República aprobó en 2021 el consumo de la marihuana con fines lúdicos de manera legal en México, y con ello las personas consumidoras de ese enervante podrían portar para consumo personal hasta 28 gramos de cannabis psicoactivo.
Sin embargo, en primera instancia su petición fue rechazada, pues se pudo impedir que los solicitantes pudieran obtener los permisos de la Dirección Ejecutiva de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias Químicas de la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris), cuya instancia primero fue omisa en la contestación y, posteriormente, mediante juicios de amparo, rechazó la petición al argumentar que carecía de atribuciones jurídicas.
Por lo que dichos residentes de Cancún, impugnaron jurídicamente la omisión legislativa de actualizar el marco normativo, el cual les impedía garantizar el respeto a su derecho fundamental de libre desarrollo de la personalidad, reconocido en el primer artículo de la Constitución General.
Fue entonces cuando Maxime P., Rosalba R., Natalia Monserrat V., Óscar Alberto D., y un quinto no identificado tuvieron que recurrir a una tercera instancia para obtener la autorización oficial para el autoconsumo de cannabis y del psicotrópico tetrahidrocannabinol (THC) y sus variantes, y esta vez su fallo judicial fue a favor.
El proceso consistió en una denuncia por incumplimiento de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018, con la cual se decretaron inválidos los artículos 235, último párrafo; 237; 245, fracción I; y el 247, último párrafo, de la Ley General de Salud.
Y es que de acuerdo al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es inconstitucional el sistema actual de prohibiciones administrativas que impide a la Secretaría de Salud emitir autorizaciones para el autoconsumo de cannabis y THC con fines recreativos, pues su uso se permite únicamente con fines médicos y científicos.

Los procedimientos del incumplimiento de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad se analizaron y resolvieron en el Juzgado Segundo de Distrito de Quintana Roo, con sede en Cancún: bajo los expedientes 30329285, 30329509, 29309221 y 20755930 que tocó resolver a la jueza Angélica del Carmen Ortuño Suárez.
De los juicios, dos se presentaron el 22 junio, otro el 1 de julio y el restante el 1 de septiembre pasado, cuyos fallos favorables a los solicitantes se decretaron los días 7, 12 y 29 de septiembre, y el pasado 7 de noviembre.
Un quinto caso bajo el número 30668075 se radicó en el Juzgado Quinto de Distrito con sede también en Cancún el 18 de agosto pasado, del cual igualmente el juez Alfonso Robles Cuétara resolvió en sentido favorable al solicitante el pasado 11 de octubre.
La autorización judicial faculta a los solicitantes al autoconsumo con fines lúdicos y recreativos, pero en ningún caso podrán hacer afectando a terceros o frente a menores de edad, ni tampoco se podrá ejercer ese derecho en lugares públicos donde haya terceros que no hubieran dado su autorización, o que se permita al usuario conducir vehículos u operar maquinaria peligrosa después del consumo.
Cabe destacar que, para el máximo tribunal del país, mientras que el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones a favor de personas adultas para adquirir, sembrar, cultivar, cosechar, preparar, tener en posesión y transportar exclusivamente cannabis o marihuana y THC.
Y es que tras la aprobación del documento, algunos diputados federales han señalado que el modelo prohibicionista es un modelo que no atiende de raíz el problema de la salud, ni el consumo desde un enfoque de los derechos humanos, un modelo que es necesario cambiar, justamente para garantizar la salud pública. No ha permitido una justa retribución tributaria ni tampoco ha fomentado la paz ni la seguridad.
Hay que recordar que la regulación del consumo de la marihuana responde a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2018 declaró inconstitucional la prohibición del consumo recreativo de la cannabis.
Luego de tres aplazamientos, la Suprema Corte estableció el 30 de abril de 2021 como fecha límite para que el Congreso regulara la propuesta de ley.
Con el dictamen crea la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modifica la Ley General de Salud y el Código Penal para legalizar el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana bajo control federal.
La iniciativa aprobada por el Senado el 19 de noviembre del año pasado, permite fumar marihuana sin presencia de menores de edad, poseer hasta ocho plantas por domicilio y crear asociaciones de fumadores con un máximo de 50 plantas.
También establece un sistema de licencias para la siembra, el cultivo, la cosecha y la venta de marihuana y derivados con cannabis no psicoactivo.