Evade Borge vinculación por lavado

Por Héctor Bello Guadarrama > Quequi

Por no estar debidamente fundamentada la acusación por lavado de dinero, un juez federal dictó amparo en favor del exgobernador Roberto Borge Angulo.

El juez de amparo, sustentó que lo aportado por el juez no satisface la exigencia del artículo 16 Constitucional, pues si bien estaría según demostrada la posible intervención del quejoso en el delito antes referido. Como fue la celebración de diversos actos jurídicos para transmitir la propiedad de 22 predios, pero no fueron expuestas las causas o motivos por los que consideró que tales indicios sustentaban para señalar la presunta responsabilidad del exgobernador.

Asimismo, el juez ordenó valorar nuevamente si Borge debe o no continuar sujeto a proceso por presunto lavado.

Determinó que debe llevarse a cabo una audiencia para definir si es vinculado a proceso, ya que en la ocasión anterior fue procesado con un fallo que no cumple con la motivación y fundamentación adecuada.

Aun cuando el dictamen le favorece, aún no saldrá de prisión, pues la sentencia, según estableció, sólo fue determinada debido a que el juez que dio vista a la denuncia inicial no expuso las causas o motivos por los que las pruebas que fueron aportados por la PGR eran lo suficientemente fehacientes para concluir el grado de responsabilidad sobre el señalado.

Aunque los datos sobre los que fueron fincados los señalamientos de culpabilidad contra Roberto Borge, no habrían sido conocidos para establecer un juicio de imputar responsabilidad, el exgobernador aún tendría pendiente otras demandas en su contra por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE)

Luego que la PGR lo acusó de lavado de dinero, el exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Angulo, consiguió a través de abogados que un juez ordenara dejar sin efecto la vinculación a proceso dictada contra el exmandatario.

De acuerdo a los hechos, un juez de distrito habría ordenado a un juez de control del Estado de México, dejar sin efectos el auto de vinculación a proceso por lavado de dinero con el objetivo de que dicte uno nuevo “debidamente motivado y fundamentado”.

En la sentencia se menciona que el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal de Nezahualcóyotl, en funciones de juez de control vinculó a proceso al exgobernador por su probable participación en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en la modalidad de ocultar o pretender ocultar bienes dentro del territorio nacional, con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita, previsto y sancionado en el artículo 400 bis, fracción II, del Código Penal Federal.

Y si bien el auto de vinculación a proceso que fue emitido en su contra desde el pasado 5 de enero no fue debidamente fundado y motivado, y el juez que tuvo esa omisión deberá de establecerse una fecha nueva en la que el magistrado presentará de manera correcta los por qués de establecer la responsabilidad de lavado de dinero, y de cómo estableció sus conclusiones que lo aportado como prueba era lo suficientemente documentado como para imputar una responsabilidad.

“Más allá de la argumentación expuesta por la Fiscalía respecto a la enajenación y adquisición de los predios en materia de imputación por personas que se encuentran relacionadas con el círculo familiar del quejoso y los actos jurídicos hechos con posterioridad para ocultar o pretender ocultar los bienes; el juez de la causa no mencionó cuáles fueron aquéllos indicios que denominó periféricos o directos para tener como causa probable la intervención del quejoso en el hecho delictivo en su carácter de coautor”, determinó el juez sexto de distrito en el Estado de México.

El pasado 4 de enero, el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y de la Procuraduría General de la República (PGR), informó que  fue formalmente extraditado Roberto Borge Angulo, a fin de que enfrente los diversos procesos penales que se encuentran instaurados en su contra por su probable participación en hechos señalados por la ley como delitos, ante la Federación, por lavado de dinero, y por tres causas locales por los ilícitos de aprovechamiento ilícito del poder, peculado y desempeño irregular de la función pública (conforme se encuentran tipificados en la legislación del Estado de Quintana Roo.

 

 

 

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