Etiquetado no afecta a Paleta Payaso ni Panditas
Es válido que algunos productos tengan esas formas o que incluyan juguetes, dice director general de Normas de la Secretaría de Economía
Hoy entra en vigor la segunda etapa de la primera fase de la Norma Oficial Mexicana (NOM) de etiquetado, mejor conocida como NOM-051, disposición que prohíbe que los empaques, cajas o envolturas muestren figuras, personajes, actores o caricaturas.
Sin embargo, es válido que un producto tenga forma de ositos, payasos, o que incluya juguetes, dijo el director General de Normas de la Secretaría de Economía, Alfonso Guati Rojo Sánchez.
Explicó que hay productos con envases transparentes que muestran la figura de gomitas en forma de oso, situación que no está prohibida.
“Hay algunas marcas que ponen la etiqueta transparente y ponen una figura dentro del producto, así como una impronta, y eso es un proceder legal”, explicó el funcionario a EL UNIVERSAL.
“Muchos productos fueron reformulados. En muchos cambió su manera de producirse y ya no tienen ningún tipo de excesos, y sí pueden tener muñequitos, porque no tienen algún tipo de sello”.
Segunda etapa
Desde el 1 de abril es obligatoria la segunda etapa de la primera fase de la NOM-051- SCFI/SSA-2010, Especificaciones de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-información comercial y sanitaria.
La segunda etapa consiste en que todos los productos que no sean originales, como los quesos europeos Parmesano, Manchego, Gouda Holland, ciertos vinos y algunos cárnicos, entre otros, deberán incluir en su etiqueta la leyenda “imitación”, y se elimina la leyenda “tipo”.
Con esta aclaración, el consumidor podrá saber que no se trata de un producto auténtico, sino de una imitación.
La palabra “imitación” se escribe cuando se trata de un producto preenvasado que cuenta con denominación de origen o indicación geográfica, es decir, que tiene el nombre protegido, porque el producto es resultado de la materia prima, y que se atribuye a las condiciones geográficas donde se elabora.
Esta etapa entra en vigor, pero se da un plazo de dos meses, hasta el 31 de mayo, en el cual no se van a imponer sanciones si coexisten productos producidos antes de esa fecha con los del nuevo etiquetado.
“Hoy te vas a encontrar producto elaborado hace cinco meses al que no le aplica la norma y otro que ya está siguiendo la norma del 1 de abril”, explicó Rojo Sánchez.
“Mientras más nos acerquemos al 31 de mayo, más productos traerán etiquetado con la información”.