
Estrategia de las pagadoras
Por Redacción>Quequi
El surgimiento de las pagadoras, que son administradoras del personal en empresas, fue una distorsión de las Outsourcing, que si bien igual administran personal, su vocación es para brindar servicio exclusivo de trabajadores especializados, quienes igual deben contar con todas las prestaciones y obligaciones que marca la Ley Federal del Trabajo.
La periodista Lilia Arellano platicó sobre este tema con sus invitados los también periodistas Jorge González Durán, Román Rosas, Georges Gourbert, el ex presidente municipal de Benito Juárez, Carlos Cardín Pérez, Julio Góngora y Wilberth Perera Martín, estos últimos Coordinador General y Secretario General del Sindicato de Empresarios de México, respectivamente.
La Reforma a la Ley Federal de Trabajo que se aplicó en el año 2012 dejó bien en claro las obligaciones y facultades de las Outsourcing, el problema fue que surgieron pagadoras que ofrecieron a empresarios la administración del personal con una reducción de hasta el 30% en el gasto social, es decir, el pago de sus impuestos, lo cual se logró mediante la declaración de un salario muy por abajo del real que recibe el trabajador, entregándole el restante a través de alguna compensación que no graba impuestos. Esto provocará que al momento de retirase el trabajador vea afectado sus ingresos, pues nunca reportó ante el IMSS su salario real, por consiguiente, su aportación al Fondo de Retiro será ínfima a su salario.
Como una medida para proteger a los trabajadores, la misma ley denomina al patrón “responsable solidario”, es decir, si la pagadora desaparece o no brinda los derechos que marca la ley, el dueño de la empresa está obligado a responder por ello, como es el caso de una empresa que actualmente está emplazado a pagar 14 millones de pesos, porque la pagadora no se hace responsable por el pago del IVA.
El origen de las Outsourcing fue la contratación de personal especializado, lo cual permitiría a la empresa ahorrar el tiempo y dinero para su capacitación, pero debe gozar de todas las obligaciones y derechos que marca la ley. Otro punto importante es que ninguna empresa puede tener el 100% de su plantilla laboral en ese esquema, pues al menos el 10% debe ser propio. Si no se cumplen esas premisas tanto el trabajador como el empresario quedan en indefensión.