Se rige hospital por las normas oficiales
Luego que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitiera la Recomendación General No. 29/2017 sobre el expediente clínico como parte del derecho a la información en servicios de salud, Mario Enrique Hernández Murillo, director del Hospital General de Playa del Carmen, aclaró que, en su caso, se rigen por la Norma Oficial Mexicana (NOM) 004-SSA3-2812.
Fue el pasado viernes, cuando la CNDH emitió dicha recomendación tras documentar omisiones sistemáticas por parte del personal de salud de diversas instituciones públicas en la elaboración de los expedientes clínicos de las y los pacientes que acuden a los servicios de salud de los distintos niveles de atención pública.
Dicho organismo observó que desde 2010 a la fecha, el incumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas sobre la integración del expediente clínico ha estado presente en 96 recomendaciones emitidas a diversas instituciones de salud pública.
Si bien no ha sido el caso del Hospital General de esta ciudad, “sí es importante comentar que estamos regidos por la NOM 004-SSA3-2812 que establece precisamente la metodología para elaborar e integrar un expediente clínico, esto a su vez es regulado y observado por un comité hospitalario en conjunto con el departamento de Calidad y Enseñanza”.
“De manera periódica estamos realizando el seguimiento y observancia de los expedientes realizados por los médicos, personal de enfermería, y personal que interviene en la atención de los pacientes, donde se realiza el análisis y se puntualizan sobre el llenado correspondiente de los mismos, eso previene y regula cualquier tipo de inconsistencia que pudiera tener el expediente ante cualquier situación de auditoría o requerimiento”, añadió.
Las omisiones sistemáticas identificadas por la CNDH tienen que desde asentar fecha, hora y nombre completo de quien elabora el expediente clínico, los datos de exploración física del paciente, tratamiento e indicaciones médicas, hasta la nota de evolución y envío de piezas o biopsias quirúrgicas para examen macroscópico e histopatológico.
De igual forma, se ha identificado que de manera frecuente los médicos internos de pregrado son expuestos a actividades relacionadas con la integración del expediente clínico sin asesoría y supervisión del personal de contrato.
Por ello, la CNDH considera que el problema de las omisiones en la integración de los expedientes clínicos de los pacientes no se reduce a una cuestión de formación profesional o capacitación del personal médico, sino también guarda relación con al menos dos cuestiones: la existencia de un vínculo entre las condiciones laborales del personal médico que dificulta de manera profunda la manera en que se asienta con debida diligencia los datos del expediente clínico; y la existencia de un problema de carácter estructural en la lógica de funcionamiento de las instituciones de salud.
Ante esto, recomendó a las secretarías federal y estatales de Salud, así como a organismos como el IMSS se adopten todas las medidas administrativas, financieras, jurídicas o de cualquier otra índole, para que se procure el debido cumplimento en la integración de los expedientes clínicos de las usuarias y usuarios de los servicios de salud.
Asimismo, se realicen los estudios necesarios que permitan advertir cuál es la relación de causalidad existente entre las condiciones laborales del personal médico y la indebida integración de los expedientes clínicos, para que se adopten las medidas que se estimen pertinentes.
Por Fernando Morcillo