Profeco podrá intervenir en conflictos entre padres y escuelas privadas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución considerada histórica al determinar que las escuelas privadas pueden ser sujetas a la supervisión de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), al existir una relación de consumo entre las instituciones educativas y los padres de familia que contratan sus servicios.
La decisión surgió a partir de un caso en el que un padre de familia solicitó ante la Profeco el reembolso de recursos entregados a una escuela privada por concepto de útiles escolares y gastos generales, luego de informar que sus hijos ya no cursarían estudios en ese plantel.
Ante la falta de respuesta de la institución educativa a una audiencia de conciliación convocada por la autoridad, la Profeco inició un procedimiento administrativo e impuso una sanción. La escuela argumentó que la dependencia carecía de facultades para intervenir, al tratarse de una sociedad civil dedicada a la prestación de servicios educativos.
Sin embargo, al resolver el Amparo Directo en Revisión 1762/2026, el Pleno de la SCJN concluyó que sí existe una relación de consumo, ya que la escuela ofrece de manera habitual un servicio a cambio de una contraprestación económica y los usuarios contratan dicho servicio como destinatarios finales.
Los ministros señalaron que para que exista una relación de consumo no es necesario que quien preste el servicio tenga carácter de comerciante o persiga fines mercantiles, sino que basta con que proporcione bienes o servicios de manera habitual a cambio de un pago.
La Corte también precisó que las facultades de las autoridades educativas y de la Profeco son distintas y complementarias. Mientras las primeras supervisan aspectos académicos, administrativos y de validez oficial de estudios, la Profeco puede intervenir en controversias relacionadas con contratos, pagos, reembolsos, colegiaturas, cuotas y demás condiciones económicas del servicio.
Especialistas consideran que este criterio fortalece la protección de miles de familias mexicanas que cada año contratan servicios educativos privados, al confirmar que pueden acudir a la Profeco para presentar reclamaciones cuando consideren vulnerados sus derechos como consumidores.
Con esta resolución, la SCJN amplía el alcance de la Ley Federal de Protección al Consumidor y establece un precedente que obliga a las escuelas particulares a responder ante los procedimientos iniciados por la autoridad cuando existan inconformidades relacionadas con aspectos económicos o contractuales de sus servicios.
Con información de Merca2.0




