Ministro González Alcántara propone declarar parcialmente inválida la reforma judicial
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo público el proyecto de sentencia que presentó el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre las acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos en contra de la reforma judicial.
El ministro González Alcántara plantea en su proyecto declarar la inconstitucionalidad de la elección por vía voto popular de jueces y magistrados, pero mantendrá la elección de ministros a fin de dar fin a la «crisis constitucional».
«Se declina conocer de ese régimen (elección de ministros) en un ejercicio de autocontención, deseando el final de la crisis constitucional actualmente en curso y la vuelta a la normalidad institucional de las relaciones entre los Poderes de la Unión», explicó el ministro en su sentencia.
El proyecto propone declarar la invalidez de la figura de los jueces sin rostro, la supresión de los amparos con efectos generales, y la elección por voto popular de jueces y magistrados. Sin embargo, se mantendrá la elección de los integrantes de la Suprema Corte, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la creación del Tribunal de Disciplina Judicial.
Además de la posible invalidación de la elección de jueces federales y magistrados, el ministro también propone declarar la inconstitucionalidad de la renovación total de los poderes judiciales locales, esto es, que los jueces estatales no sean removidos y sustituidos por otros electos por la vía del voto popular.
El ministro González Alcántara aclara que el análisis de la reforma judicial surgió de que hay una violación a los principios constitucionales y una «grave afectación a la democracia constitucional» y, haciendo eco del discurso presidencial en contra del Poder Judicial de la Federación, asegura que los privilegios que se busca mantener son las garantías de imparcialidad e independencia en el cargo.
Deja fuera el tema de los ministros de la Corte por «mesura institucional»
En su proyecto, el ministro afirma que sus compañeros de la Suprema Corte están plenamente facultados para analizar el régimen electoral de ministros, pero propone sobreseer su discusión por «mesura institucional».
El ministro afirma en su proyecto que la Suprema Corte, en su carácter de tribunal constitucional, puede revisar las reformas constitucionales que afecten los principios básicos establecidos en la Carta Magna, lo que se ha llamado «cláusulas pétreas».
El proyecto, que resuelve las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano, fue hecho público por la SCJN y aún no se encuentra listado para ser discutido y votado en las próximas sesiones del pleno.
De conformidad con lo que resuelvan los ministros, el alcance y sentido del proyecto podría ser modificado y necesitará el voto a favor de mínimo ocho ministros para ser aprobado.
Fuente: LATINUS