IEQROO atiende consulta en materia de registro de candidaturas
- El Consejo General precisó que la copia certificada de la constancia de residencia podrá ser la documental idónea para la acreditación y cumplimiento del requisito constitucional y legal de seis años de residencia en el Estado.
Chetumal, Q. Roo. – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en Sesión Extraordinaria con carácter de urgente, aprobaron el acuerdo mediante el cual se atiende la consulta en materia de registro de candidaturas, presentada por la ciudadana María Teresa Moguel Ramírez, en el Consejo Distrital 10 con cabecera distrital en Playa del Carmen, municipio de Solidaridad.
En relación al tema: ¿”Ante la imposibilidad material y jurídica de presentar los documentos originales señalados en el titulo décimo octavo específicamente en el inciso e), del Proyecto de Criterios Aplicables para el Registro de Candidaturas a la Gubernatura, y a las Diputaciones Locales por los Principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional en el Estado de Quintana Roo, para el Proceso Electoral Local 2021-2022, por causas no atribuibles el solicitante, puede inscribirse ante el Instituto Electoral de Quintana Roo, como candidato a diputado local con copia certificada de residencia y vecindad, y en su caso que vigencia deben tener”?
En ese sentido, los integrantes de este órgano colegiado señalaron que, de una interpretación sistemática y funcional del marco normativo citado anteriormente y tomando en consideración que la documental certificada por el funcionario competente para ello tendrá carácter de documental publica y que su validez no es controvertida por las excepciones que se aleguen en contra de su calce, por lo que este Consejo General precisa que la copia certificada de la constancia de residencia podrá ser la documental idónea para la acreditación y cumplimiento del requisito constitucional y legal de seis años de residencia en el Estado.
Por cuanto a la vigencia es evidente la competencia de las disposiciones normativas municipales que aplican a los casos concretos toda vez que es la autoridad municipal quien emite el citado documento, lo que puede traducirse que la validez de la constancia que nos ocupa estará sujeta a la vigencia establecida por la autoridad municipal que la otorgue.
Bajo esa tesitura este Consejo General estaría entendiendo la consulta presentada y viendo que la ciudadana consultante presentó su documento ante el Consejo Distrital 10 de este Instituto, es procedente solicitar el apoyo de dicha autoridad electoral para la notificación del presente documento, que inmediatamente a su aprobación le será remitida vía correo electrónica institucional y de carácter oficial que previo trámite legal de certificación será hecho del conocimiento de la ciudadana María Teresa Moguel Ramírez.